Bautismo, Confirmación y cursillo prematrimonial: preparación sacramental antes de la boda
Serie: Expediente
matrimonial canónico explicado paso a paso
Entrega 6
En esta entrega
vamos a tratar tres cuestiones muy importantes: el Bautismo, la Confirmación y
el cursillo o preparación prematrimonial.
Conviene decirlo
desde el principio: No son tres obstáculos ni tres casillas burocráticas. Son
tres elementos que ayudan a preparar mejor el matrimonio, a clasificar
correctamente el expediente y a cuidar la verdad del consentimiento.
El expediente
matrimonial no mira solo al día de la boda. Mira al matrimonio que nace ese
día.
Para los novios
Cuando acudís a la
parroquia para preparar vuestro matrimonio, es normal que os pregunten si
estáis bautizados, si habéis recibido la Confirmación y si habéis realizado o
vais a realizar la preparación prematrimonial.
Estas preguntas no
se hacen por curiosidad ni por manía administrativa. Tienen una razón profunda.
El matrimonio
celebrado en la Iglesia no es simplemente una ceremonia religiosa bonita. Es
una alianza de vida y amor que, entre bautizados, ha sido elevada por Cristo a
la dignidad de sacramento. Por eso, antes de celebrarlo, la Iglesia quiere
conocer vuestra situación sacramental y ayudaros a preparar bien lo que vais a
prometer.
1.-
El Bautismo: no es un dato secundario
El Bautismo es el
primer sacramento de la vida cristiana. Por él una persona queda incorporada a
Cristo y a la Iglesia.
Por eso, cuando
una persona bautizada quiere casarse por la Iglesia, la parroquia necesita
comprobar su Bautismo mediante la partida correspondiente.
Pero aquí no basta
con decir de modo genérico: “Sí, estoy bautizado” o “Mi pareja no es
católica”. Hay que precisar un poco más, porque no todas las situaciones
son iguales.
Puede ocurrir que:
Los dos seáis
católicos bautizados.
Uno sea católico y
el otro cristiano bautizado no católico.
Uno sea católico y
el otro no esté bautizado.
Uno esté
bautizado, pero no sepa dónde.
Uno proceda de
otra Iglesia o comunidad cristiana.
Uno haya sido
bautizado en otro país.
Cada una de estas
situaciones puede tener consecuencias distintas para el expediente.
Si los dos sois
católicos bautizados,
normalmente se prepara el expediente como matrimonio entre católicos, salvo que
exista alguna otra circunstancia especial.
Si uno es católico
y el otro es cristiano bautizado no católico, estamos ante un matrimonio mixto.
En ese caso se requiere la licencia correspondiente y se incorporan al
expediente las declaraciones o cauciones previstas.
Si uno es católico
y el otro no está bautizado, estamos ante disparidad de cultos. En ese caso hay
un impedimento que requiere dispensa para poder celebrar válidamente el
matrimonio.
Como se ve, la
pregunta por el Bautismo no es una simple formalidad. Ayuda a saber qué tipo de
expediente debe tramitarse.
2.-
No es lo mismo “no católico” que “no bautizado”
Esta distinción es
muy importante. A veces se dice: “Mi pareja no es católica”. Pero esa
expresión puede significar cosas muy distintas.
Puede significar
que la persona está bautizada en una Iglesia cristiana no católica.
Puede significar
que pertenece a una religión no cristiana.
Puede significar
que no pertenece a ninguna confesión religiosa.
Puede significar
que nunca fue bautizada.
Desde el punto de
vista canónico, no es lo mismo.
Una persona
bautizada en otra Iglesia o comunidad cristiana no está en la misma situación
que una persona no bautizada. Por eso conviene explicarlo con claridad en la
parroquia desde el primer momento.
No se trata de
poner etiquetas a nadie. Se trata de tramitar bien el expediente.
3.-
“Estoy bautizado, pero no sé dónde”
Esto ocurre con
más frecuencia de lo que parece.
Hay personas que
saben que fueron bautizadas, pero no recuerdan en qué parroquia. O sus padres
ya no viven. O la familia se trasladó varias veces. O solo conservan un
recordatorio antiguo.
En ese caso,
conviene comenzar la búsqueda cuanto antes.
Habrá que
preguntar a familiares, revisar documentos antiguos, consultar la parroquia
donde vivía la familia cuando nació el contrayente o buscar en las parroquias
donde pudo celebrarse el Bautismo.
El recordatorio
del Bautismo puede ayudar a orientar la búsqueda, pero no sustituye a la
partida oficial.
No dejéis esto
para el final. A veces encontrar una partida de Bautismo es cuestión de una
llamada. Otras veces puede requerir bastante paciencia.
4.-
“Estoy bautizado en otra Iglesia cristiana”
También puede
ocurrir que uno de los novios esté bautizado en una Iglesia o comunidad
cristiana no católica.
En ese caso, debe
comunicarse desde el principio. La parroquia indicará qué documento debe
presentarse para acreditar ese Bautismo y cómo debe tramitarse el expediente.
Aquí conviene
evitar dos errores:
El primero: Pensar que,
porque no es católico, es como si no estuviera bautizado.
El segundo: Pensar que
cualquier situación religiosa se tramita igual.
No es así. El
Bautismo cuenta. Y por eso hay que acreditarlo correctamente.
5.-
La Confirmación: importante, pero
no
es un impedimento matrimonial
La Confirmación es
uno de los sacramentos de la iniciación cristiana. Por eso, la Iglesia desea
que los católicos la reciban antes del matrimonio, si ello es posible sin
dificultad grave.
Esta frase hay que
entenderla bien.
La falta de
Confirmación no significa automáticamente que una persona no pueda casarse por
la Iglesia. No es un impedimento matrimonial. Por tanto, no debe presentarse a
los novios como si la boda fuera imposible por no estar confirmados.
Pero tampoco debe
tratarse la Confirmación como si no importara.
La Confirmación
fortalece la vida cristiana, ayuda a vivir la fe con mayor madurez y prepara
para asumir con más conciencia la vocación matrimonial. Quien se casa por la
Iglesia no solo organiza una celebración religiosa: Asume una misión cristiana
en la vida familiar.
Por eso, si uno de
los novios católicos no está confirmado, conviene decirlo desde el principio.
La parroquia valorará cómo proceder.
Puede ocurrir que
sea posible prepararse y recibir la Confirmación antes del matrimonio. En ese
caso, se procurará hacerlo.
Puede ocurrir que
no sea posible sin dificultad grave. En ese caso, la falta de Confirmación no
debe bloquear automáticamente el matrimonio.
La clave es actuar
con equilibrio:
Ni despreciar la Confirmación ni convertirla en una carrera de última hora.
6.-
“Me falta la Confirmación y la boda está cerca”
Lo primero:
tranquilidad.
No se trata de
improvisar una Confirmación deprisa y corriendo solo para cumplir un requisito
externo. La Confirmación es un sacramento, no un trámite exprés.
Pero tampoco
conviene dejar pasar el tema como si no tuviera importancia.
La parroquia debe
valorar la situación concreta: cuánto tiempo queda, qué preparación ha recibido
la persona, si puede recibir adecuadamente la Confirmación antes del matrimonio
y si existe alguna dificultad grave.
Lo importante es
no ocultarlo.
Cuando las cosas
se dicen desde el principio, se pueden acompañar mucho mejor.
7.-
El cursillo prematrimonial: Más que un certificado
La preparación
prematrimonial, muchas veces llamada cursillo prematrimonial, es otro elemento
fundamental.
Es verdad que al
final se entrega un certificado. Pero reducir el cursillo a conseguir un
certificado sería empobrecerlo muchísimo.
El cursillo
prematrimonial no es una tasa espiritual que se paga para poder casarse.
Tampoco es una clase para aprender dónde colocarse el día de la boda. Es una
ayuda para detenerse, pensar, dialogar y comprender mejor qué significa casarse
en la Iglesia.
En la preparación
prematrimonial se suelen abordar cuestiones muy importantes:
La libertad del
consentimiento.
La fidelidad.
La
indisolubilidad.
La apertura a la
vida.
La comunicación en
la pareja.
La vida familiar.
La dimensión
sacramental del matrimonio.
La educación de
los hijos.
La fe vivida en
casa.
La responsabilidad
de casarse ante Dios y ante la Iglesia.
No es poca cosa.
Uno puede pasar
meses preparando el banquete y dedicar muy poco tiempo a pensar qué va a
prometer ante Dios.
La preparación prematrimonial intenta corregir un poco ese desequilibrio.
8.-
¿Cuándo conviene hacer
la
preparación prematrimonial?
Conviene hacerla
con tiempo suficiente.
No debería dejarse
para el último momento, cuando ya está todo cerrado y solo falta conseguir “el
papel”.
La preparación
prematrimonial debería ayudaros antes de llegar al final del camino, no
convertirse en la última casilla de una lista de tareas.
Cada diócesis
organiza esta preparación según su propia praxis: encuentros parroquiales,
cursillos arciprestales, itinerarios más largos, jornadas, acompañamiento por
matrimonios o propuestas diocesanas.
Lo importante no
es solo la modalidad. Lo importante es que la preparación ayude de verdad.
9.-
“Ya vivimos juntos, ¿también tenemos que hacer el cursillo?”
Sí.
La convivencia
previa no sustituye la preparación al matrimonio cristiano.
Vivir juntos puede
dar experiencia de convivencia, pero el matrimonio canónico no se reduce a
convivir. Supone un consentimiento estable, público, libre, fiel, indisoluble y
abierto a la vida, celebrado en la Iglesia según la forma canónica.
Por eso, incluso
quienes llevan años de relación necesitan prepararse para comprender qué van a
celebrar sacramentalmente.
La pregunta no es
solo: “¿Nos conocemos mucho?”.
La pregunta es
también: “¿Sabemos qué significa casarnos en la Iglesia y queremos asumirlo
de verdad?”.
10.-
“Ya estamos casados civilmente,
¿también
necesitamos preparación?”
También en ese
caso la preparación es importante.
Si una pareja ya
está casada civilmente entre sí y ahora desea celebrar matrimonio canónico, no
basta con decir: “Ya estamos casados; solo queremos hacerlo por la Iglesia”.
La celebración
canónica tiene su propia naturaleza. La Iglesia necesita comprobar que los
contrayentes aceptan el matrimonio tal como lo entiende la Iglesia: Uno, fiel,
indisoluble, abierto a la vida y ordenado al bien de los cónyuges.
Por eso, según la
praxis diocesana, puede pedirse preparación prematrimonial y una declaración
sobre la aceptación del matrimonio canónico.
No se trata de
repetir lo mismo con otro decorado. Se trata de celebrar el matrimonio según la
fe de la Iglesia.
Para quien tramita el expediente
En la instrucción
del expediente matrimonial, la situación sacramental de los contrayentes y la
preparación prematrimonial no deben tratarse como cuestiones decorativas.
El Bautismo, la
Confirmación y el cursillo prematrimonial están directamente relacionados con
la adecuada preparación al matrimonio y con la correcta clasificación del
expediente.
1.-
Determinar con precisión la condición bautismal
No basta con
preguntar: “¿Están bautizados?”.
Debe determinarse
la condición de cada contrayente:
Católico
bautizado.
Bautizado no
católico.
No bautizado.
Dudoso o no
acreditado.
Esta distinción es
esencial.
Si ambos son
católicos bautizados, el expediente podrá seguir el cauce ordinario, salvo que
concurran otras circunstancias.
Si una parte es
católica y la otra cristiana bautizada no católica, deberá tramitarse como
matrimonio mixto, con la licencia correspondiente y las cauciones previstas.
Si una parte es
católica y la otra no bautizada, deberá examinarse la disparidad de cultos y la
necesidad de dispensa.
La pregunta por el
Bautismo determina el cauce del expediente.
2.-
Evitar expresiones imprecisas
Conviene evitar
expresiones demasiado genéricas como “no católico”, “no practicante”, “de
otra religión” o “no cree mucho”.
Pastoralmente
pueden expresar algo. Jurídicamente, no bastan.
“No católico”
puede ser bautizado no católico.
“No católico”
puede ser no bautizado.
“No practicante”
puede ser católico bautizado.
“De otra religión”
puede significar religión no cristiana.
“No cree” no
significa necesariamente que no esté bautizado.
Por eso, hay que
preguntar con delicadeza, pero con precisión.
3.-
Revisar bien la documentación bautismal
La partida de
bautismo debe ser reciente, auténtica y, cuando proceda, legalizada.
Debe leerse
completa, especialmente en lo relativo a las notas marginales. Una partida de
bautismo puede revelar datos decisivos para el expediente: matrimonio anterior,
nulidad matrimonial, vetitum, orden sagrado, profesión religiosa u otra
circunstancia relevante.
No conviene mirar
la partida solo para comprobar que “hay bautismo”. Hay que leerla jurídicamente
y pastoralmente.
4.-
Bautizados no católicos
Cuando una parte
es cristiana no católica, debe solicitarse el documento que acredite su
Bautismo, según la praxis de la diócesis.
Debe examinarse
con cuidado si realmente consta el Bautismo y si se trata de una comunidad
cristiana en la que el Bautismo se administra válidamente.
Cuando haya duda,
no debe resolverse de manera improvisada en el despacho parroquial. Conviene
consultar con la autoridad competente.
Además, debe
instruirse el expediente como matrimonio mixto, con la licencia correspondiente
y las declaraciones o cauciones que procedan.
5.-
No bautizados
Si una parte no
está bautizada y la otra es católica, estamos ante disparidad de cultos.
Este caso no puede
tratarse como un expediente ordinario. La disparidad de cultos es un
impedimento que requiere dispensa para la celebración válida del matrimonio.
Además, deben
cuidarse las declaraciones y cauciones correspondientes, así como la
instrucción de ambos contrayentes sobre los fines y propiedades esenciales del
matrimonio.
Es importante que
la parte no bautizada conozca qué promete la parte católica y qué entiende la
Iglesia por matrimonio.
6.-
Confirmación de los católicos
El canon 1065 §1
establece que los católicos aún no confirmados deben recibir la Confirmación
antes de ser admitidos al matrimonio, si ello es posible sin dificultad grave.
Esta norma debe
aplicarse con equilibrio pastoral y precisión canónica.
La falta de
Confirmación no es un impedimento matrimonial. Por tanto, no debe impedir
automáticamente la celebración.
Pero la norma
tampoco debe quedar vacía. El pastor debe procurar que el contrayente católico
no confirmado reciba este sacramento cuando sea posible, con la preparación
adecuada y sin convertirlo en un mero trámite externo.
La pregunta
práctica no es solo:
“¿Está confirmado?”.
Debe ser también: “Si no lo está,
¿puede prepararse adecuadamente para recibir la Confirmación antes del
matrimonio sin dificultad grave?”.
7.-
La preparación prematrimonial
como
parte del discernimiento
El expediente debe
comprobar que los contrayentes han recibido la adecuada formación.
La preparación
prematrimonial no debe entenderse como un certificado aislado que se archiva al
final. Es un elemento de acompañamiento y discernimiento.
En ella deben
trabajarse, de modo adaptado, la libertad del consentimiento, la naturaleza del
matrimonio, sus fines, sus propiedades esenciales, la apertura a la vida, la
fidelidad, la indisolubilidad, el bien de los cónyuges y la dimensión
sacramental.
Cuando la
preparación ha sido muy superficial, inexistente o puramente formal, conviene
completarla pastoralmente antes de cerrar el expediente.
8.-
Conectar cursillo, toma de dichos
y
acompañamiento pastoral
Conviene evitar
dos extremos:
El primero: Convertir el
cursillo en un trámite independiente que no dialoga con el expediente.
El segundo: Convertir el
expediente en un interrogatorio jurídico sin acompañamiento pastoral.
La buena praxis
integra ambos planos.
La preparación
ayuda a los novios a comprender qué van a celebrar.
La toma de dichos
ayuda a comprobar su libertad, capacidad, voluntad e intención matrimonial.
El acompañamiento
pastoral ayuda a que todo el proceso no sea frío ni meramente administrativo.
Cuando estas tres
dimensiones se separan demasiado, el expediente pierde fuerza pastoral.
9.-
Casos en los que la preparación
debe
cuidarse especialmente
Hay situaciones en
las que la preparación no debe despacharse con un mínimo formal.
Conviene prestar
especial atención a:
Parejas alejadas
de la vida sacramental.
Contrayente
católico no confirmado.
Parejas ya casadas
civilmente entre sí.
Convivencia
prolongada sin comprensión clara del matrimonio canónico.
Matrimonio mixto.
Disparidad de
cultos.
Contrayente
bautizado en otra confesión cristiana.
Contrayente no
bautizado.
Abandono notorio
de la fe católica.
Dificultad para
aceptar la indisolubilidad, la fidelidad o la apertura a la vida.
Dudas serias sobre
la libertad, la madurez o la intención matrimonial.
En estos casos, la
preparación no debe reducirse a “hacer el cursillo”. Debe ayudar a iluminar el
consentimiento.
10.-
Una clave práctica
La pregunta no
debe ser solo: “¿Traen el certificado del cursillo?”.
La pregunta debe
ser más profunda: “¿Han comprendido suficientemente qué significa casarse en
la Iglesia?”.
Y junto a ella: “¿Existe
algo en su situación sacramental o personal que exija una preparación más
cuidada o una intervención diocesana?”.
Una buena
tramitación no se conforma con archivar certificados. Busca que el matrimonio
se celebre con verdad.
Errores frecuentes
Un primer error es pensar que el
Bautismo solo importa para saber si alguien “puede casarse en una iglesia”. En
realidad, la condición bautismal determina el tipo de expediente.
Un segundo error es confundir “no
católico” con “no bautizado”. Son situaciones distintas y tienen consecuencias
distintas.
Un tercer error es tratar el
matrimonio mixto y la disparidad de cultos como si fueran lo mismo.
Un cuarto error es no acreditar
correctamente el Bautismo de quien pertenece a otra Iglesia o comunidad
cristiana.
Un quinto error es presentar la
falta de Confirmación como un impedimento matrimonial automático.
Un sexto error es ignorar la
falta de Confirmación y no procurar su recepción cuando sea posible sin
dificultad grave.
Un séptimo error es improvisar la
Confirmación a toda prisa, sin verdadera preparación, solo para “tener el
papel”.
Un octavo error es hacer el
cursillo prematrimonial como una obligación externa, sin aprovecharlo para
preparar de verdad el consentimiento.
Un noveno error es dejar la
preparación prematrimonial para el último momento, cuando ya todo está cerrado.
Un décimo error es pensar que la
convivencia previa sustituye la preparación al matrimonio cristiano.
Un undécimo error es creer que
estar casados civilmente entre sí hace innecesaria la preparación para la
celebración canónica.
Un duodécimo error es archivar el
certificado del cursillo sin integrar su contenido en el acompañamiento
pastoral del expediente.
Consejo práctico
Para los novios: Comunicad desde
el principio si estáis bautizados, dónde fuisteis bautizados, si pertenecéis a
otra Iglesia o comunidad cristiana, si no estáis bautizados, si habéis recibido
la Confirmación y cuándo podéis realizar la preparación prematrimonial. No
viváis estas preguntas como un control frío, sino como una ayuda para preparar
bien vuestro matrimonio.
Para quien tramita: Determine con
precisión la condición bautismal de cada contrayente, procure la Confirmación
de los católicos no confirmados cuando sea posible, y no reduzca la preparación
prematrimonial a un certificado. La preparación forma parte del cuidado
pastoral del consentimiento.
Advertencia prudente
Esta serie tiene
finalidad divulgativa y formativa. No sustituye el derecho universal de la
Iglesia ni las normas, formularios y praxis propias de cada diócesis.
Cada diócesis
puede establecer criterios concretos sobre la preparación prematrimonial, los
certificados admitidos, los itinerarios de formación, la documentación de
bautizados no católicos, las cauciones en matrimonios mixtos, la dispensa de
disparidad de cultos y el modo de proceder cuando un contrayente católico no
está confirmado.
También conviene
revisar la praxis vigente de cada diócesis en materia de cursillos
prematrimoniales, modalidades de preparación, validez de certificados,
formularios propios y cauces de intervención de la Curia, Vicaría General,
Delegación competente o Notaría de Matrimonios.
Ante cualquier
duda, debe consultarse con la parroquia o con la autoridad eclesiástica
competente.
Próxima entrega
En la próxima
entrada abordaremos una de las partes más importantes del expediente
matrimonial: La toma de dichos: ¿Qué es y por qué importa?
Veremos por qué no
se trata de un simple cuestionario, qué debe preguntarse, quién debe realizarla
y cómo ayuda a comprobar la libertad, la capacidad y la voluntad matrimonial de
los contrayentes.

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