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miércoles, 22 de julio de 2026

Interactivo -«¿Puede alguien borrarse de la Iglesia católica?» -Entrega 1

¿Qué significa realmente «borrarse de la Iglesia católica»? Este recurso interactivo, revisado conforme a la Entrega 1 corregida, distingue entre el bautismo realmente celebrado, la voluntad posterior de la persona, la calificación canónica, la posible constancia registral y el tratamiento de otros datos. El objetivo es evitar automatismos: ni toda petición de «baja» es apostasía ni toda manifestación de abandono produce por sí sola la misma anotación.

«¿Puede alguien borrarse de la Iglesia católica?» -Entrega 1

 ¿Puede una persona pedir que se borre su bautismo o darse de baja de la Iglesia católica? La respuesta exige distinguir realidades que con frecuencia se confunden: el hecho histórico y sacramental del bautismo, la voluntad posterior de abandonar la Iglesia, la posible anotación en la partida bautismal y los derechos relativos a la protección de datos. Esta primera entrega explica, desde el Derecho canónico y con un enfoque práctico, qué puede solicitar realmente una persona y cómo debe actuar la autoridad eclesiástica.

Serie «¿Puede alguien borrarse de la Iglesia católica?»
Bautismo, abandono formal y protección de datos

Interactivo | Venite ad me — Estudio de la introducción y del capítulo I (nn. 1-23) de las Consideraciones del Dicasterio para la Doctrina de la Fe, de 22 de octubre de 2026.

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