¿Hasta dónde puede
llegar el juez al interpretar el Derecho Canónico cuando quiere atender mejor a
la persona concreta? En su discurso a la Rota Romana del 29 de enero de 1993,
Juan Pablo II advierte que humanizar la aplicación de la ley no significa
relativizarla ni atribuir a sus palabras significados ajenos a la tradición
jurídica de la Iglesia. La norma debe interpretarse según su texto, su contexto
y la continuidad del ordenamiento canónico, teniendo al mismo tiempo ante los
ojos la dignidad de la persona a la que sirve. El Papa aplica después este
criterio a cuatro cuestiones decisivas de nulidad matrimonial: la
simulación, el error sobre el Derecho matrimonial, el error en la persona y el
error sobre una cualidad de la persona.
DISCURSO DE JUAN PABLO II
A LOS MIEMBROS DEL TRIBUNAL DE LA ROTA ROMANA
CON OCASIÓN DE LA INAUGURACIÓN DEL AÑO JUDICIAL
Viernes, 29 enero 1993




