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miércoles, 15 de julio de 2026

La justicia: Dar a cada uno lo suyo.

 ¿Qué es la justicia y qué significa realmente «dar a cada uno lo suyo»? En sentido jurídico, la justicia no consiste simplemente en tratar a todos de la misma manera, cumplir cualquier ley o conceder todo lo que alguien desea, sino en reconocer, respetar y dar a cada persona aquello que verdaderamente le corresponde. Para comprenderla es necesario distinguir entre justicia, igualdad, legalidad, generosidad y caridad, y aprender a preguntar en cada situación qué es lo debido. En este artículo lo explicamos con ejemplos concretos y mostramos cómo se aplica también al Derecho Canónico, donde los derechos, deberes, competencias, procedimientos y garantías ayudan a proteger a los fieles frente a la arbitrariedad y a construir una vida eclesial verdaderamente justa. 

La justicia: Dar a cada uno lo suyo.

Escucha aquí el episodio completo:

 

Hay palabras que usamos tanto que corren el peligro de gastarse. Una de ellas es justicia. La escuchamos en discursos, debates, campañas, conversaciones familiares, reuniones de comunidad y hasta en el deporte, cuando alguien protesta un penalti con una convicción teológica admirable.

Pero conviene preguntarse con calma: ¿Qué es realmente la justicia?

No basta decir que justicia es “hacer el bien”, “ayudar a todos” o “construir un mundo mejor”. Todo eso puede ser noble, pero la justicia tiene un significado más preciso. La fórmula clásica lo dice con una claridad difícil de superar: la justicia consiste en dar a cada uno lo suyo.

Parece una frase sencilla. Y lo es. Pero no es superficial. Al contrario, ya que contiene una sabiduría jurídica enorme.

Una justicia que baja

a la vida real

Cuando hablamos de justicia, podemos imaginar grandes ideales: una sociedad perfecta, una humanidad reconciliada, un mundo sin abusos, sin pobreza y sin conflictos. Es bueno aspirar a una sociedad más justa. Pero el jurista necesita hacer una pregunta más concreta: en esta situación, ¿qué corresponde a esta persona?

La justicia no vive solo en las nubes de los grandes discursos. Vive también en lo cotidiano. Pensemos en una panadería. Quien llega primero y pide la vez tiene derecho a ser atendido antes que quien llega después. No hace falta que haya un notario junto a las barras de pan. Todos entendemos que colarse está mal. ¿Por qué? Porque a esa persona le correspondía su turno.

Si un amigo nos presta un libro, el libro sigue siendo suyo, aunque nos guste mucho, aunque quede precioso en nuestra estantería y aunque nos dé una pena inmensa devolverlo. Devolverlo no es un gesto heroico de generosidad. Es justicia. La generosidad sería regalarle además un marcapáginas bonito. La justicia es devolver lo prestado.

Si un trabajador ha realizado su trabajo y se ha pactado un salario, pagarle menos no es simplemente “un detalle feo”. Es una injusticia, porque se le quita algo que ya le corresponde.

Estos ejemplos muestran una idea fundamental: La justicia empieza cuando reconocemos qué es suyo de cada uno.

La justicia no inventa el derecho

Esta es una de las claves más importantes: La justicia no inventa el derecho; lo reconoce y lo da.

Si la justicia consiste en dar a cada uno lo suyo, entonces antes debe existir algo que sea suyo. No puedo dar como justicia lo que no corresponde a nadie. Puedo ser generoso, solidario, compasivo o misericordioso; pero la justicia, en sentido estricto, mira a aquello que alguien tiene derecho a recibir.

Pensemos otra vez en el salario. Si se ha pactado una cantidad y el empleador paga menos, el trabajador no está pidiendo un favor cuando reclama. Está pidiendo lo suyo. No suplica generosidad: exige justicia.

Esto ayuda mucho a no confundir las cosas. No todo deseo es un derecho. No toda necesidad se convierte automáticamente en justicia. No toda aspiración noble puede presentarse como algo debido.

La justicia pregunta con rigor: ¿Qué corresponde realmente a esta persona?

La ley importa,

pero no siempre agota la justicia

Alguien podría decir: “Lo justo será lo que diga la ley”. Y es verdad que la ley es importantísima. Sin leyes, la convivencia sería bastante parecida a una rotonda sin señales; todos entrarían convencidos de tener preferencia y todos saldrían indignados. Pero la ley no lo es todo. Puede haber leyes injustas. La historia lo ha demostrado demasiadas veces como para ignorarlo.

Si una ley permite discriminar injustamente, si niega a alguien lo que le corresponde por su dignidad, si protege al fuerte y desampara al débil, no se convierte en justa solo porque esté escrita oficialmente. La ley debe servir a la justicia, no sustituirla.

Por eso necesitamos una referencia más profunda: Hay derechos que no dependen simplemente de que una autoridad los conceda. La ley positiva debe reconocerlos, protegerlos y ordenarlos; no destruirlos.

Si confundimos justicia con mera legalidad, terminamos diciendo que todo lo legal es justo. Y eso, sencillamente, no es verdad.

Igualdad no significa

dar a todos lo mismo

Otra confusión frecuente consiste en pensar que la justicia exige dar exactamente lo mismo a todos. Suena bien, pero no siempre es justo.

Un médico no trata justamente a sus pacientes si les da a todos la misma medicina. Los trata justamente cuando da a cada uno lo que corresponde según su enfermedad. Dar lo mismo a todos podría ser incluso peligroso: antibiótico para todos, escayola para todos y jarabe para todos. Muy igualitario, sí; muy sensato, no tanto.

En el Derecho ocurre algo parecido. La igualdad propia de la justicia no consiste en dar materialmente lo mismo, sino en dar a cada uno lo que le corresponde, sin favoritismos ni discriminaciones injustas.

La justicia no dice: “lo mismo para todos”, sino: a cada uno lo suyo.

Esto no justifica privilegios injustos. Al contrario. Si alguien recibe más de lo que le corresponde por poder, dinero, cargo, apellido, amistad o simpatía, eso no es justicia. Y si alguien recibe menos por pobreza, debilidad, ignorancia, origen o falta de protección, tampoco.

La justicia no mira la cara, el rango, la influencia ni el aplauso social. La justicia mira el derecho.

Justicia en clase y

en la universidad

El mundo estudiantil ofrece ejemplos muy claros. Pensemos en un trabajo en grupo. Figuran cuatro alumnos como autores, pero solo dos han trabajado de verdad. Los otros dos han aportado ánimo, presencia ocasional y quizá alguna frase inspiradora en el chat, pero poco más. Si todos reciben la misma nota, puede parecer igualitario, pero no necesariamente justo.

La pregunta no es: “¿Qué nota damos para que nadie se enfade?”. La pregunta es: ¿Qué corresponde a cada uno según su trabajo real?

Lo mismo sucede en un examen. Si un alumno estudia, responde correctamente y obtiene buena calificación, recibe lo suyo. Si otro alumno copia y obtiene la misma nota, no hay justicia, aunque el número final sea idéntico. La igualdad de la justicia no consiste en dar la misma nota a todos, sino en valorar según verdad, mérito y reglas comunes.

También puede ocurrir lo contrario. Un alumno con una dificultad acreditada puede necesitar más tiempo para realizar un examen. Darle ese ajuste no es un privilegio injusto si busca que pueda ser evaluado en igualdad real de condiciones. Aquí se ve muy bien que justicia no significa tratar a todos mecánicamente igual, sino dar a cada uno lo que le corresponde según su situación.

En la universidad pasa algo parecido con la autoría. Si un estudiante ha trabajado seriamente en una investigación, una comunicación o un proyecto, no puede desaparecer de los créditos porque “queda más cómodo” poner solo a otros. La autoría no es un adorno. Es reconocimiento de lo suyo.

Y con las becas sucede igual. Si una ayuda tiene unos requisitos, no es justo concederla por amistad, simpatía o influencia. Tampoco es justo negarla a quien cumple las condiciones. La justicia no mira el apellido ni el pasillo donde uno tiene más conocidos. Mira el derecho que corresponde.

Justicia en el noviazgo

También en el noviazgo hay justicia. A veces se piensa que el amor basta para resolverlo todo. Y el amor es esencial, claro. Pero un amor sin justicia puede ser muy sentimental en las palabras y bastante desordenado en los hechos.

Si una persona exige a su pareja atención constante, disponibilidad absoluta y explicaciones continuas, pero luego no ofrece respeto, escucha ni sinceridad, algo no va bien. No se trata de llevar una contabilidad fría del cariño, como si cada mensaje de WhatsApp debiera anotarse ante notario. Pero sí conviene preguntarse: ¿Estoy respetando lo que la otra persona merece por su dignidad, su libertad y su entrega?

La confianza también tiene mucho que ver con la justicia. Si en una relación se promete sinceridad, no es justo manipular, ocultar cosas importantes o jugar con la inseguridad del otro. La verdad no es un lujo romántico. Es parte de lo que la otra persona merece.

Y hay una idea decisiva: Nadie tiene derecho a poseer al otro. En el noviazgo, la justicia protege también la libertad. Amar no es absorber. Amar justamente es reconocer que la otra persona no es una propiedad, sino alguien con dignidad, conciencia, historia, familia, amistades, vocación y libertad.

Justicia en el deporte

El deporte también enseña mucho sobre justicia. Un partido necesita reglas. Si un equipo gana haciendo trampas, quizá consiga el marcador, pero no consigue justicia. El resultado no basta si se ha lesionado lo que correspondía al otro: competir en igualdad de condiciones.

Pensemos en un entrenador que siempre pone a jugar a su sobrino, aunque no entrene, mientras deja en el banquillo a quien se esfuerza cada semana. Eso no es justicia deportiva. La justicia no consiste en repartir minutos por capricho, amistad o presión familiar, sino en valorar esfuerzo, actitud, capacidad y bien del equipo.

También aparece la justicia cuando se reconoce una falta. Si un jugador comete una infracción y el árbitro la sanciona correctamente, no está “fastidiando el partido”; está protegiendo el juego. Sin reglas justas, el deporte deja de ser deporte y se convierte en una pelea con equipación.

Justicia en la familia

La familia es una escuela diaria de justicia, aunque no siempre se diga así. Pensemos en las tareas de casa. Si todos viven en la misma casa, pero siempre recoge la misma persona, siempre cocina la misma persona y siempre limpia la misma persona, algo no va bien. La justicia familiar no significa que todos hagan exactamente lo mismo, sino que cada uno asuma lo que le corresponde según su edad, fuerzas y responsabilidades.

También sucede con los hermanos. Si uno rompe algo y culpa al otro, no estamos ante una simple travesura simpática. Hay una injusticia, porque se carga sobre un inocente una responsabilidad que no es suya. Dar a cada uno lo suyo significa también no atribuir culpas falsas.

O pensemos en el cuidado de los mayores. Si varios hijos pueden colaborar y todo el peso cae siempre sobre uno solo, quizá haya cariño, pero falta justicia. No basta decir: “Es que tú tienes más paciencia”. La paciencia es una virtud, no una condena perpetua. Lo justo es repartir responsabilidades de manera proporcionada, realista y agradecida.

El detalle decisivo:

Cada uno

La expresión “dar a cada uno lo suyo” contiene una palabra que no debe pasar desapercibida: Cada uno.

La justicia no trabaja con masas anónimas. No aplasta personas concretas en nombre de grandes causas. No convierte al individuo en una pieza sacrificable dentro de un proyecto colectivo. La justicia mira a cada persona, a cada caso, a cada relación.

Esto es muy importante. Hay injusticias que se esconden detrás de palabras muy bonitas. A veces se invoca el bien del grupo, la eficacia, la institución, la tranquilidad general o la conveniencia del momento para negar a una persona concreta lo que le corresponde.

Pero una justicia que atropella a alguien en nombre de una causa noble deja de ser justicia. Puede tener buen cartel, pero no buen fundamento.

El jurista debe tener una mirada fina. Los conceptos, los sistemas y las teorías sirven si ayudan a descubrir lo justo en cada caso. Pero si sirven para tapar la realidad, endurecer la solución o olvidar a la persona concreta, se convierten en un obstáculo.

Justicia y reparto

También conviene aclarar otra cuestión. La justicia no consiste en repartirlo todo desde cero según lo que a cada época le parezca más atractivo. La justicia actúa sobre aquello que ya corresponde a alguien por un título verdadero: naturaleza, ley justa, pacto, costumbre legítima, obligación, cargo o relación jurídica.

Naturalmente, puede haber repartos injustos. Y entonces habrá que corregirlos. Pero serán injustos porque lesionan derechos verdaderos, no simplemente porque a alguien no le guste cómo están distribuidas las cosas.

Pensemos en una plaza de garaje. Si pertenece a un vecino concreto, otro no puede ocuparla porque “total, estaba vacía”. Que esté vacía no la convierte en común. Lo justo no depende de quién llega con más prisa, sino de a quién corresponde realmente ese lugar.

Lo mismo pasa con una herencia, un contrato, una deuda, un cargo o una responsabilidad. La pregunta no es: “¿Qué me gustaría a mí?”. La pregunta es: ¿Qué corresponde realmente según derecho?

La justicia no es una excusa para reorganizarlo todo a capricho. Es una virtud precisa que reconoce, respeta, restituye o protege lo que corresponde a cada uno.

Ni más ni menos

La fórmula clásica es sobria: La justicia da a cada uno lo suyo, ni más ni menos.

Dar menos de lo debido es injusticia. Pero dar más de lo debido ya no pertenece estrictamente a la justicia. Puede ser generosidad, caridad, solidaridad, misericordia o ayuda fraterna. Y todo eso es muy necesario. Pero no conviene mezclarlo todo.

La justicia no lo es todo. No sustituye a la caridad. No garantiza por sí sola la felicidad. No resuelve todos los sufrimientos humanos. Pero sin justicia, la vida común se rompe.

Una comunidad sin justicia se vuelve peligrosa, porque quien no recibe lo suyo queda a merced del poder, del abuso o de la indiferencia. Y donde se niega lo que corresponde a cada persona, tarde o temprano se pierde la confianza.  

También en la Iglesia

Todo esto ilumina mucho la vida de la Iglesia. También en la comunidad eclesial hay derechos, deberes, competencias, responsabilidades, procedimientos y garantías. Y todo eso no es frialdad burocrática. Es justicia concreta.

Un fiel no debe ser tratado arbitrariamente. Una víctima debe ser escuchada y protegida. Un acusado tiene derecho de defensa. Un matrimonio merece un proceso serio y verdadero. Un párroco tiene responsabilidades y límites. Un Obispo tiene potestad, pero no poder caprichoso. Un expediente matrimonial no puede convertirse en puro trámite sin alma ni verdad.

Pensemos en una pareja que quiere casarse. El expediente matrimonial no está para molestar ni para llenar papeles porque sí. Está para proteger la verdad del consentimiento, la libertad de los contrayentes y la realidad del sacramento. Hacerlo mal, deprisa o sin cuidado no es pastoralmente más cercano; puede ser jurídicamente injusto y pastoralmente irresponsable.

O pensemos en un fiel que presenta una petición legítima. No puede ser tratado como una molestia administrativa. Tiene derecho a ser escuchado, a recibir una respuesta y a no quedar perdido en un cajón, ese lugar misterioso donde tantas cosas humanas parecen entrar en estado de hibernación.

El derecho canónico no existe para enfriar la pastoral. Existe para que la pastoral no se convierta en arbitrariedad con palabras amables.

Una asociación de fieles en la parroquia

Un ejemplo muy útil es el de una asociación de fieles o un movimiento eclesial que desea colaborar en una parroquia. Sus miembros no son simples “invitados tolerados”. Por el bautismo, los fieles tienen el deber y el derecho de colaborar en la misión evangelizadora de la Iglesia. También tienen derecho a vivir una espiritualidad propia, siempre que sea conforme con la doctrina de la Iglesia, y a asociarse para fines de caridad, piedad o apostolado. Esto se recoge especialmente en los cc. 211, 214, 215 y 216 del Código de Derecho Canónico.

Ahora bien, ese derecho no significa que cualquier grupo pueda actuar en una parroquia concreta como quiera, cuando quiera y sin coordinación. La parroquia no es un local de libre reserva ni un conjunto de salas disponibles para quien llegue primero con más entusiasmo. La parroquia es una comunidad de fieles confiada al cuidado pastoral de un párroco, bajo la autoridad del Obispo diocesano.

Por eso hay que reconocer lo suyo de cada parte. A la asociación le corresponde ser escuchada, vivir legítimamente su espiritualidad, proponer iniciativas apostólicas y no ser excluida arbitrariamente.

Al párroco le corresponde cuidar la comunión parroquial, ordenar la acción pastoral concreta, discernir la oportunidad de las iniciativas, velar por la doctrina, coordinar espacios y actividades, y procurar que todo se haga en comunión con la Iglesia y con el bien de la comunidad.

A la comunidad parroquial le corresponde recibir una pastoral ordenada, católica, vivir en comunión y no sometida a tensiones, improvisaciones o protagonismos particulares.

Por tanto, no sería justo decir: “Como el movimiento tiene derecho a evangelizar, el párroco debe dejarle actuar sin más”. Pero tampoco sería justo decir: “Como el párroco tiene autoridad, puede cerrar la puerta sin razones objetivas”.

La pregunta justa sería otra: ¿Hay una razón objetiva, proporcionada y eclesial para impedir o limitar esa presencia concreta en la parroquia?

Si la asociación actúa en comunión, tiene reconocimiento legítimo, respeta la doctrina, acepta la coordinación parroquial y ofrece una propuesta seria, una negativa basada solo en gustos personales, miedo a perder protagonismo o simple desconfianza hacia los laicos podría ser injusta y pastoralmente pobre.

Pero si el grupo pretende actuar sin coordinación, imponer su estilo, monopolizar la vida parroquial, dividir a la comunidad, saltarse normas diocesanas o usar el nombre de la Iglesia sin la aprobación debida, el párroco no solo puede intervenir: debe hacerlo.

Aquí se ve muy bien qué significa la justicia: No dar la razón automáticamente a quien grita “tengo derecho”, ni al que responde “aquí mando yo”, sino reconocer lo que corresponde a cada uno según verdad, comunión y derecho.

La justicia eclesial no abre todas las puertas sin discernimiento ni las cierra por puro gusto personal. Busca ordenar los dones para que sirvan a la comunión y a la misión.

Caridad y justicia

no son enemigas

A veces se piensa que cuanto menos Derecho haya en la Iglesia, más pastoral será todo. Suena bonito, pero es peligroso. Una pastoral sin justicia puede parecer cercana en las formas y, sin embargo, ser injusta en los hechos.

La caridad cristiana no pisa la justicia. La presupone, la purifica y la lleva más lejos. Pero no la destruye.

La misericordia no autoriza a tratar arbitrariamente a las personas. La comunión no justifica apagar derechos concretos. La eficacia pastoral no permite saltarse garantías. El bien de la Iglesia no puede usarse como excusa para no dar a cada uno lo suyo.

Donde se respeta lo suyo de cada persona, la comunión respira mejor.

Donde se ignora, aparecen heridas, abusos, desconfianza y sufrimiento.

La pregunta que sostiene todo

Al final, la justicia obliga a una pregunta sencilla y exigente:

¿Qué corresponde a esta persona, aquí y ahora?

Responder bien exige estudio, prudencia, honradez y atención a la realidad. No basta con buenas intenciones. No basta con citar normas. No basta con repetir grandes palabras.

La justicia empieza cuando se reconoce a cada persona concreta y se le da lo que verdaderamente le corresponde. Por eso, una comunidad justa no es la que más habla de justicia, sino la que la practica detalle a detalle, caso a caso, persona a persona. Donde se respeta lo suyo de cada uno, la convivencia respira.

Donde se niega, aunque sobren discursos hermosos, empieza la injusticia.


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Autor de Derecho Canónico Práctico

Roberto García Villumbrales

Presbítero diocesano de la diócesis de Palencia (España). Licenciado en Derecho Canónico por la Universidad de Navarra, Abogado Rotal y Máster en Derecho Matrimonial y Procesal Canónico por la UNAV. Actualmente es Notario del Tribunal Eclesiástico y Promotor de Justicia.

Este blog nace de una convicción sencilla: el derecho de la Iglesia no es un obstáculo para la vida pastoral, sino una ayuda para vivirla con más justicia, comunión y responsabilidad. En «Derecho Canónico Práctico – Cuaderno de Derecho Canónico» encontrarás recursos claros y prácticos sobre la vida jurídica de la Iglesia: explicaciones de cánones, preguntas frecuentes, guías, audios formativos y materiales de consulta. Está pensado para sacerdotes, agentes de pastoral, estudiantes y personas interesadas en comprender mejor el derecho canónico sin perderse en tecnicismos innecesarios.

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